DEDUCCIÓN DE IMPUESTOS
 
La Ley de Impuesto Sobre La Renta (ISRL) vigente, en sus parágrafos 12 y 13 del artículo 27,  establece que cualquier empresa venezolana podrá deducir de sus impuestos el monto de las donaciones realizadas a cualquier organización sin fines de lucro.
Las condiciones son las siguientes:
Las empresas con una renta neta menor a 10.000 UT, podrán donar hasta un 10% de la misma, deduciendo esta donación completamente de sus impuestos.  
Las empresas con una renta neta mayor a 10.000 UT, podrán donar lo indicado en la condición anterior y adicionalmente hasta un 8% de la porción que exceda las 10.000 UT. Igualmente toda esta donación será deducida de sus impuestos.  
Al momento de la declaración de ISRL, su empresa indicará en la planilla el monto de la donación realizada.  
Con la finalidad de soportar legalmente su aporte a nuestra institución, La Fundación Regalando Sonrisas le entregará a su empresa una factura legal por el monto total de la donación.  
 
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