La Ley de Impuesto Sobre La Renta (ISRL) vigente, en sus parágrafos 12 y 13 del artículo 27, establece que cualquier empresa venezolana podrá deducir de sus impuestos el monto de las donaciones realizadas a cualquier organización sin fines de lucro.
Las condiciones son las siguientes:
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Las empresas con una renta neta menor a 10.000 UT, podrán donar hasta un 10% de la misma, deduciendo esta donación completamente de sus impuestos.
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Las empresas con una renta neta mayor a 10.000 UT, podrán donar lo indicado en la condición anterior y adicionalmente hasta un 8% de la porción que exceda las 10.000 UT. Igualmente toda esta donación será deducida de sus impuestos.
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Al momento de la declaración de ISRL, su empresa indicará en la planilla el monto de la donación realizada.
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Con la finalidad de soportar legalmente su aporte a nuestra institución, La Fundación Regalando Sonrisas le entregará a su empresa una factura legal por el monto total de la donación.